El gobierno publicó el Decreto Supremo 082-2023-PCM que aprueba el reglamento de la Ley 31564, la cual es una norma de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público. La medida se oficializó este miércoles 19 de julio por medio de su publicación en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El presente reglamento consta de seis capítulos, 26 artículos, cuatro disposiciones complementarias finales y un anexo, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Adicionalmente, se precisa que la implementación de dicho documento se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Este reglamento será aplicado a todos aquellos funcionarios públicos que hayan sido designados por medio de elección popular desde el presidente y vicepresidentes de la República; congresistas, gobernadores, alcaldes, regidores.
También se tiene contemplado que se aplique a funcionarios públicos como el presidente y miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial; Fiscal de la Nación y jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Además del defensor del Pueblo y adjuntos; Contralor y vicecontralores; magistrados del Tribunal Constitucional; miembros de la Junta Nacional de Justicia; del Jurado Nacional de Elecciones; el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; entre otros.
Esta iniciativa tiene como objetivo fortalecer la lucha contra la corrupción a través de la prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público. El documento cuenta con la firma de la mandataria Dina Boluarte; y el titular del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola.