La Segunda Sala Penal de Apelaciones anuló la medida de vigilancia judicial al partido Fuerza Popular impuesta en diciembre del 2020 y rechazó la apelación del Ministerio Público para suspender las actividades políticas del partido.
El PJ declaró infundado el recurso de apelación de la fiscalía en el marco de la investigación que se sigue por el presunto delito de lavado de activos por el Caso Odebrecht.
Con esto, se confirmó la decisión emitida por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional que rechazó el requerimiento de suspensión temporal de las actividades del partido.
Además, se declaró fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por Fuerza Popular y se declaró nula la decisión de que, por un plazo de dos años, el partido envíe al Poder Judicial, cada 15 días, información sobre sus deudas, recursos y financiamiento de campaña.