El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó la reproducción en idioma quechua de los contratos que las operadoras deberán entregar, a requerimiento del solicitante del servicio, en aquellas zonas del país en las cuales predomine la lengua quechua.
La normativa publicada este viernes garantiza el cumplimiento del artículo 48 de la Constitución Política del Perú y la Ley N.° 29735 respecto al derecho de los ciudadanos a ser atendidos en su lengua materna y gozar de los medios de traducción directa o inversa que garanticen el ejercicio de sus derechos en todo ámbito, entre otros.
Forman parte del contrato todos aquellos relacionados a la contratación del servicio de internet, telefonía móvil o fija control, prepago o postpago, así como sus consideraciones generales y la cartilla informativa de derechos del usuario. Esta nueva disposición respecto al contrato tipo en versión quechua se emplea a partir del 1 de junio de 2021.