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Lunes, 11 de mayo del 2020

Coronavirus: cementerios habilitarán área para la inhumación en fosa común de cadáveres

El Decreto Legislativo también modifica el artículo 112 de la Ley General de Salud que detallaba lo sgte.: “Todo cadáver que haga posible la propagación de enfermedades será cremado previa necropsia”.




El Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N° 1503 que modifica la Ley General de Salud y la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios. En ambos, se aborda el manejo de cadáveres por sospecha o casos de coronavirus durante el estado de emergencia. Esta medida regirá hasta el próximo 24 de mayo. 

En la de Ley de Cementerios y Servicios Funerarios se realizó la modificación en los artículos 6 y 14 en donde ahora agrega que los cementerios públicos y privados deben reservar y habilitar un área para la inhumación en fosa común de cadáveres cuya causa de fallecimiento haya sido por agente infeccioso.

Además, precisa que la citada nueva área debe ser adicional al espacio que siempre reservó el cementerio para la prestación de los servicios funerarios de inhumación en fosa común o cremación de cadáveres de indigentes o de restos humanos no reclamados.

Es necesario precisar que este dispositivo también modifica el artículo 112 de la Ley General de Salud que solo detallaba lo siguiente: “Todo cadáver que haga posible la propagación de enfermedades será cremado previa necropsia”.


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