Desde enero, las municipalidades distribuyen los talonarios o cuponeras que indican cuánto deberá pagar cada vecino por el impuesto predial y los arbitrios. El impuesto predial grava el valor de los predios sobre la base del autovalúo, un monto que se establece según criterios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Este cálculo aplica una escala progresiva según las unidades impositivas tributarias (UIT) vigentes, que para 2024 es de 5,150 soles:
- Hasta 15 UIT (77,250 soles), se paga el 0.2%.
- Entre más de 15 UIT y 60 UIT, el 0.6%.
- Por encima de 60 UIT, el 1%.
El pago puede realizarse en una sola cuota antes de febrero o fraccionarse en cuatro pagos anuales en febrero, mayo, agosto y noviembre.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS PARA ADULTOS MAYORES?
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que los propietarios mayores de 60 años pueden acceder a beneficios de reducción o exoneración del impuesto predial, siempre que su ingreso mensual no exceda el valor de 1 UIT (5,150 soles). Esto amplía el beneficio, que anteriormente era solo para pensionistas.
Este beneficio implica la deducción de 50 UIT del valor del autovalúo de la propiedad del adulto mayor, lo cual equivale a 257,500 soles en 2024. De esta manera, si el valor de la propiedad es de 257,500 soles o menos, el adulto mayor estará exonerado del pago. Si supera esa cantidad, deberá abonar el impuesto predial únicamente por la diferencia.
CÓMO SE DETERMINA EL AUTOVALÚO
La municipalidad del distrito donde se ubica el predio se encarga de la recaudación, administración y fiscalización del impuesto predial. La CCL enfatiza que todos los propietarios están obligados a cumplir con este pago anual que se aplica a viviendas, terrenos y locales. El autovalúo, por su parte, es el valor que cada año el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento establece para cada tipo de inmueble.
¿QUÉ HACER PARA ACCEDER AL BENEFICIO?
Los adultos mayores interesados en aplicar este beneficio de deducción o exoneración deben acercarse a su municipalidad y presentar la documentación que acredite sus ingresos mensuales, permitiéndoles cumplir con el tributo de manera proporcional a sus ingresos y el valor de su propiedad.