La violación sexual contra un menor desde los 14 años se sanciona con la máxima pena, la cadena perpetua, y no incluye ningún tipo de beneficio penitenciario, ni prescribe con el tiempo, al ser considerado como una circunstancia agravante
Así lo manifestó la jueza Virna Núñez Bragayrac, titular del 23 Juzgado de Investigación Preparatoria (JIP) de la Corte de Lima, al explicar que en el caso de menores de 14 años el delito de violación sexual se agrava al ser considerado un grupo vulnerable.
VULNERABILIDAD DE LA VÍCTIMA
“Es considerado una circunstancia agravante debido a la vulnerabilidad de la víctima, lo que genera una alarma social al tratarse de menores de 14 años, sin embargo este hecho se acrecienta si es un bebé”, manifestó.
Asimismo, agregó que la ley no incluye ningún tipo de beneficio penitenciario, ni la prescripción del delito a quienes cometen este tipo de ilícito contra menores de 14 años de edad, pues las leyes se rigen por el bien común de proteger a los menores que han sido víctimas de este tipo de flagelos.
“Cualquier persona tiene el derecho constitucional de pedir los beneficios que la norma prevé, pero en el caso de violación sexual contra un menor de edad, por más que transcurran 30 o 35 años, lo más probable es que se le deniegue ese derecho penitenciario”, aseguró.
FLAGRACIA
Por otro lado, la magistrada dijo que en caso el agresor fuera detenido en flagrancia, ello, implicaría una mayor celeridad de la investigación fiscal al contar el Ministerio Público con mayor evidencia obtenida en el acto.
Sin embargo, aclaró que el Poder Judicial tiene que cumplir con los plazos establecidos por ley.
GARANTÍAS NECESARIAS
Por último, la jueza garantizó que el Poder Judicial brindará todas las garantías necesarias a los menores de 14 años, víctimas de este tipo de delito.
“El Poder Judicial tiene todo el aparato estatal para poder expedir todas las medidas necesarias para poder proteger a los niños menores de edad y todas las personas que puedan ser víctimas de violación”, aseguró.