El abogado laborista Julio Palomino, explicó que en los trabajos existen dos tipos de licencia:
1) Licencia sin goce de haber: hay una pausa en la que el trabajador no labora ni recibe su remuneración económica. No hay ruptura con el vínculo laboral.
2) Licencia con goce de haber: se dio en la época de pandemia, el trabajador no laboraba pero cobraba y recibía sus beneficios sociales, pero luego debía compensar con fechas posteriores los días que no había trabajado.
La licencia con goce de haber debe realizarse a través de un convenio escrito con el empleador en el que se pacte el motivo que justifique que el trabajador no va a laborar, pero sin embargo sí va a cobrar su remuneración.
El especialista explicó que lógicamente lo que le beneficiaría a un empleador es que su empleado le solicite una licencia sin goce de haber, un ejemplo de esto sería que un trabajador viaje al extranjero por motivos de estudio. Ellos deben pactar para que todo ese tiempo no haya ruptura del vínculo laboral.
¿ES OBLIGATORIO OTORGAR LA LICENCIA?
Además, sostuvo que el hecho de que el trabajador solicite una licencia sin o con goce de haber no obliga al empleador a otorgarla.