Con el objetivo de reducir el hacinamiento en los penales, el Gobierno modificó la norma que regula el procedimiento de conversión de la prisión efectiva por penas alternativas, para los internos condenados por no pagar pensión de alimentos.
El Decreto de Urgencia N° 008-2020 establece que los reos obtendrán el arresto domiciliario o libertad condicional automáticamente tras certificar ante el juez el pago íntegro de la reparación civil y de la deuda alimenticia acumulada hasta el momento en que solicita la conversión.
Cabe señalar que si se incumple el pago de la pensión de alimentos, luego de aceptada la conversión, por dos meses consecutivos, ocasionará la revocatoria de la conversión.