El Gobierno oficializó hoy las modificaciones a la Ley sobre el crimen organizado, que fue aprobada por el Congreso el pasado 16 de octubre. Las reformas fueron publicadas en el Diario El Peruano y lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte y del premier Gustavo Adrianzén.
En las reformas realizadas, tras un intenso debate, los parlamentarios establecieron penas mínimas de cinco años de prisión para quienes cometan delitos de extorsión, secuestro y sicariato, en el marco de estructuras de crimen organizado conformadas por tres o más personas.
También cambiaron el numeral 3 del artículo 216 de la referida ley, ahora, los operativos de registro e incautación de la Fiscalía podrán ejecutarse con o sin la presencia del investigado. Pero será obligatoria la participación de un abogado de la defensa pública desde el inicio de la medida.
DEFENSA PÚBLICA
Asimismo, si el investigado solicita la presencia de su abogado particular durante el allanamiento, la diligencia no se suspenderá, continuará con el abogado de la defensa pública hasta la llegada del otro letrado. Así las diligencias no se retrasarán, informa Correo.
Finalmente, establece que el fiscal podrá solicitar al juez el allanamiento de inmuebles, incluso fuera de los casos de flagrancia o peligro inminente, siempre que existan razones fundadas. Esta medida busca facilitar la detención de personas o la incautación de bienes.