La Ley Nº 30717, promulgada en enero de 2018, inicialmente buscaba elevar los impedimentos para que personas con antecedentes penales graves no pudieran ejercer cargos políticos incluso después de haber sido rehabilitadas.
Sin embargo, en diciembre del año pasado, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales estos impedimentos para las personas rehabilitadas, argumentando que vulneraban el principio de resocialización y contradecían normativas internacionales de derechos humanos.
Esta decisión del TC generó un escenario en el que individuos con condenas por delitos como terrorismo, corrupción, homicidio, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas o violación a la libertad sexual, después de cumplir sus penas, pueden postular y ocupar cargos políticos en un eventual proceso electoral.
La interrogante ahora recae en si estas personas, a pesar de haber cumplido con las penas impuestas, deberían formar parte activa de la vida política del país. La polémica resurge en medio de la pendiente inclusión del tema en la agenda del Congreso, a pesar de estar en espera desde junio.