En medio de la tercera ola de contagios por la covid-19, se están volviendo más recurrentes en los aeropuertos las cancelaciones o reprogramaciones de vuelos por diversos temas ligados a prevenciones de contagios o incluso, por temas de mal clima. Sin embargo, ante estas situaciones, los pasajeros afectados tienen ciertos derechos que deben cumplirse por parte de las aerolíneas.
En diálogo con 24 horas, la directora de la autoridad de protección al consumidor de INDECOPI, Ana Peña Cardoza, explicó cuáles son las obligaciones que tienen las aerolíneas con sus pasajeros en casos de retraso, reprogramación o cancelación de vuelos.
“En caso de demora, si esta se produce entre 2 y 4 horas, ustedes tienen derecho a que les den refrigerio y que les permitan una llamada. Si es entre 4 y 6 horas la aerolínea debe brindarles un refrigerio, una llamada alimentos, y si la demora es de más de 6 horas, la aerolínea debe proporcionar el refrigerio, los alimentos como desayuno, almuerzo y cena y una compensación que equivale al 25% de este tramo no cumplido.”, señaló.
La representante de INDECOPI también destacó que, en caso de cancelación, los pasajeros tienen derecho a exigir una reprogramación de su vuelo o, en caso contrario, el reembolso de su dinero. También detalló que, de no cumplir la empresa ante estos inconvenientes, podría recibir una sanción.
Si el pasajero necesita viajar ese mismo día
En caso de que el pasajero necesite volar ese mismo día, a pesar de los contratiempos que pueda tener la aerolínea, ésta tiene la obligación de embarcarlo en algún vuelo, ya sea de su propia empresa o de otra aerolínea que si tenga disponibilidad.